Legislación

Artículo 36

LEY DE BASES SOBRE CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE SUMINISTRO Y PRESTACION DE SERVICIOS

Artículo 36.- Modifícase el inciso segundo del artículo 3º, letra b), del decreto supremo Nº 104, de 1977, del Ministerio del Interior, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 16.282, que contiene disposiciones permanentes para casos de sismo o catástrofe, intercalando entre la palabra "pública" y la frase "a las reparticiones", la expresión "o privada".