Dictamen CGR

Dictamen N° 102827/2015

2015-12-30 · Contratación pública, licitaciones y compras · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Cursa con alcances la resolución N° 20, de 2015, del Instituto de Previsión Social

N° 102.827 Fecha: 30-XII-2015 Esta Contraloría General ha dado curso al acto del epígrafe, mediante el cual se aprueba el contrato suscrito vía trato directo con la empresa que se singulariza para la prestación del servicio que indica, por cuanto se ajusta a derecho. Sin perjuicio de lo anterior, cabe hacer presente a esa superioridad que debe velar por la oportunidad con que aprueba los contratos, atendido que el convenio en análisis fue suscrito el 24 de julio de 2015, y la correspondiente resolución se dictó el 11 de diciembre de igual año, en circunstancias que los servicios pactados se comenzaron a prestar desde su celebración (aplica dictamen N° 82.197, de 2015). Además, cumple con manifestar que esa entidad también podrá disponer el término anticipado del acuerdo de voluntades, en caso de verificarse alguna de las causales previstas en los artículos 13 de la ley N° 19.886, y 77 de su reglamento y no solo por aquellas a que alude la cláusula novena del referido convenio (aplica dictamen N° 94.484, de 2015). Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del documento del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

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