Dictamen CGR

Dictamen N° 10707/2016

2016-02-10 · Educación pública (SLEP, estatuto docente y subvenciones) · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Confirma dictamen sobre la procedencia de descontar de los honorarios del interesado los estipendios correspondientes al tiempo no trabajado por concepto de una licencia médica, ya que no se aportan antecedentes que permitan su modificación

N° 10.707 Fecha: 10-II-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Mauricio Ahumada Pardo, contratado a honorarios por la Subsecretaría de Educación, para solicitar la reconsideración del dictamen N° 97.490, de 2015, de este origen, en el que se indicó que procedía efectuar descuentos en sus rentas por concepto de una licencia médica que utilizó durante el mes de enero del año 2015, ya que no se cumplieron las condiciones acordadas en su convenio para mantener durante ese reposo el pago de sus estipendios. Sobre el particular, cabe señalar que, en esta oportunidad, el interesado se limita a reiterar las mismas alegaciones expuestas con anterioridad, sin aportar antecedentes de hecho o de derecho distintos a los ya analizados, por lo que procede desestimarlos y confirmar lo indicado en el referido dictamen. Finalmente, en cuanto a que se ordene a la aludida subsecretaría realizar la mencionada deducción en parcialidades, conviene recordar que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la ley N° 10.336, esta Entidad de Fiscalización únicamente se encuentra facultada para otorgar facilidades para la restitución de los beneficios económicos a que alude esa norma, adeudados por funcionarios o exfuncionarios, condición que no reúne el interesado en su calidad de contratado a honorarios, tal como se indicó en el dictamen N° 47.520, de 2014, de este origen, por lo que no procede acceder a dicha petición. En consecuencia, se confirma el mencionado dictamen N° 97.490, de 2015, de este origen. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Subcontralor General Subrogante

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