Dictamen CGR

Dictamen N° 1128/2012

2012-01-06 · Administración financiera, presupuesto y rendición de cuentas · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. No procede acoger solicitud de condonación de deuda por concepto de caución de permanencia
Aplicado por
Dictamen N° 79449/2012
Aplica dictámenes

N° 1.128 Fecha: 06-I-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Dino González Carvajal, RUT N° 10.718.857-6, ex funcionario del Servicio de Salud Metropolitano Occidente, solicitando la condonación de las sumas que adeuda por concepto de haberse hecho efectiva una caución que suscribió para garantizar el cumplimiento de las obligaciones que adquirió para con dicha entidad, al concedérsele una beca de especialización en radiología. Requerida de informe, la Directora del mencionado Servicio, mediante oficio N° 245, de 2011, manifestó que la deuda del señor González Carvajal se origino por la ejecución de la caución que debe hacerse efectiva en contra del afectado, quien no cumplió con las obligaciones que contrajo por haber sido eliminado del programa de formación de especialistas respectivo. Sobre el particular, cumple con manifestar que el artículo 67 de la ley N° 10.336, otorga facultades al Contralor General para resolver las solicitudes de condonación cuando se han percibido indebidamente beneficios pecuniarios de orden remuneratorio en el ejercicio de una función pública, lo que no acontece en la especie, por lo que no procede acceder a lo requerido por el interesado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República