Dictamen N° 11390/2013
N° 11.390 Fecha: 19-II-2013 La Contraloría General ha debido abstenerse nuevamente de dar curso a la resolución N° 138, de 1012, del Serviu Metropolitano, que aprueba la liquidación de la obra “Habilitación Corredor Transporte Público Pedro Aguirre Cerda, Tramo Las Torres-Pajaritos”, comuna de Maipú, por cuanto se observa de los documentos que en esta oportunidad se acompañan, que el cálculo de la multa por concepto de incumplimiento del Índice de Regularidad Internacional -IRI- se aparta del procedimiento establecido para tal efecto en las bases técnicas del contrato, toda vez que no considera el valor del pavimento como se establece en su punto 4, sino sólo el de la colocación del mismo. A su vez, se advierte que para el cálculo de las citadas multas se utilizó un método de medias fijas de cinco tramos consecutivos, en circunstancias de que en el punto 4 de las mencionadas bases técnicas se establece un método de medias móviles. Además, en dicho cálculo se omitió considerar 2 metros en cada extremo de la longitud de la irregularidad, conforme a lo previsto en el capítulo 4 -Tolerancias y Multas- de las especificaciones técnicas generales para obras de pavimentación en hormigón. Finalmente, no consta que se hayan aplicado las multas establecidas en la letra b) del punto 4 de la resolución N° 137, de 2009, de ese servicio -que adjudicó el aludido contrato-, por incumplimiento en el avance de obras de acuerdo a la programación financiera, conforme a lo indicado en dicha resolución. Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación