Dictamen N° 117001/2025
N° E117001 Fecha: 11-07-2025 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba bases de licitación y texto de contrato tipo, para la adquisición de vehículos que indica, pero cumple con hacer presente que, sin perjuicio de lo señalado en el punto III.2 de las bases administrativas, es necesario que la entidad licitante precise en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, en la respectiva etapa de aclaraciones, que no podrán participar en el proceso concursal los proveedores que hayan sido condenados en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley N° 211, de 1973; a quienes se les haya impuesto la pena de inhabilitación para contratar con el Estado prevista en los artículos 8° y 10 de la ley N° 20.393 y quienes se encuentren en la situación prevista en el artículo 33 de la ley N° 21.595. En la misma oportunidad, deberá precisarse que la remisión que se efectúa en el precitado punto III.2 de las bases en estudio al artículo 154 del decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, debe entenderse hecha solo a las inhabilidades para contratar que, siendo citadas en esa normativa reglamentaria, se imponen a los proveedores en cumplimiento de una disposición legal (aplica el oficio N° E71565, de 2025). Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto de la suma. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República Víctor Hugo Merino Rojas Subcontralor General