Dictamen CGR

Dictamen N° 11741/2010

2010-03-02 · Salud pública y personal de salud · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre derecho a acceder al bono contemplado en la ley 20305, de ex empleadas del Banco del Estado de Chile
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Dictamen N° 20529/2016
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N° 11.741 Fecha:02-III-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Elizabeth Eliana Fraser Morales y otras, ex empleadas del Banco del Estado de Chile solicitando el pago del bono establecido en la ley Nº 20.305 que, a su juicio, les corresponde, y que les fue negado por la aludida empresa. Sobre el particular, es menester tener presente que el artículo 1° de la ley Nº 20.305, establece un bono de naturaleza laboral para el personal de planta o a contrata y para el contratado conforme al Código del Trabajo, que cumpliendo con las demás exigencias que contempla la ley, se desempeñe en alguno de los órganos y servicios públicos que indica, entre los cuales no se encuentra la mencionada institución bancaria. En efecto, ese organismo, en conformidad al decreto ley Nº 2.079, de 1977, es una empresa autónoma del Estado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que se rige preferentemente por esa norma y, en lo no previsto en ella, por la legislación aplicable a las empresas bancarias y demás disposiciones que se refieran al sector privado, no estando afectas, por tanto, a las normas generales o especiales relativas al sector público, salvo que ellas dispongan de modo expreso que han de regular al Banco del Estado de Chile. En este sentido, conviene aclarar que el citado Banco no se encuentra sometido a las disposiciones del Título II de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, en virtud de lo dispuesto en el inciso segundo de su artículo 21, que excluye expresamente de la aplicación de las normas de ese título a las empresas públicas creadas por ley, calidad que reviste la entidad de que se trata. Cabe agregar, que tampoco se rige por las demás leyes que se citan en el artículo 1° de la ley Nº 20.305 En consecuencia, en razón de lo expuesto, procede colegir, como se indicara en el dictamen Nº 3.093, de 2010, de esta Entidad de Control, que los servidores del Banco del Estado de Chile no tienen derecho a la bonificación en estudio, conclusión que también es extensiva para los ex trabajadores del mismo como acontece en la situación de la especie. Sonia Doren Lois Contralor General de la República Subrogante

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