Dictamen CGR

Dictamen N° 12139/2015

2015-02-12 · Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Beneficios económicos en la Policía de Investigaciones de Chile, prescriben en el plazo de seis meses

N° 12.139 Fecha: 12-II-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Eduardo José Sánchez Morgado, funcionario de la Policía de Investigaciones de Chile, para solicitar un pronunciamiento que establezca el derecho que, en su concepto, le asistiría para percibir la asignación por cambio de residencia y el pago de sueldo en moneda dólar, con motivo de una comisión de servicio que debió cumplir en el extranjero. Requerida al efecto, la citada institución en su informe, recepcionado por esta Entidad de Control con fecha 16 de enero de 2015, expresó, en síntesis, que durante esa comisión -que se extendió por 311 días a contar del 19 de septiembre de 2009-, se le enteraron al recurrente sus remuneraciones en moneda nacional, añadiendo que la autoridad extranjera que extendió la invitación para que aquel participara de un curso solventó los demás gastos que irrogó la anotada comisión, incluyendo dinero para gastos de bolsillo del interesado. Sobre el particular, cabe indicar que el artículo 153 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1980, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de esa entidad, establece que en lo no previsto en ese cuerpo legal, rigen las normas de la Administración Civil del Estado, de modo que la posibilidad de obtener el pago de los aludidos beneficios se encuentra sujeto a la prescripción de seis meses contemplada en el artículo 99 de la ley N° 18.834 y no a la de cinco años establecida en el artículo 2.515 del Código Civil, como pretende el peticionario, conforme con el criterio sostenido en los dictámenes N os 22.806, de 2010 y 49.418, de 2014, de este origen, entre otros. Por consiguiente, atendido que la señalada comisión de servicio habría finalizado en el mes de julio del año 2010 y su solicitud de entero de los emolumentos que, en su opinión, se le adeudaban, es de fecha 2 de febrero de 2012, según expone en su propia presentación, es dable concluir que a esa última data su eventual derecho a disfrutar de tales beneficios, se encontraba prescrito. Transcríbase a la Policía de Investigaciones de Chile. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

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