Dictamen N° 12144/2016
N° 12.144 Fecha: 15-II-2016 Esta Entidad de Control ha dado curso al documento del rubro, mediante el cual se reajusta la escala de sueldos para el personal de la Universidad de Chile, por encontrarse ajustado a derecho. No obstante, cumple con destacar que si bien las normas que cita su artículo 4° fueron derogadas por el artículo 4°, inciso primero, de la ley N° 18.717, respecto de los trabajadores de los organismos que en ese precepto se indica -entre los que no se encuentran las universidades estatales-, el inciso segundo de esta última norma fija un estipendio que reemplaza las asignaciones suprimidas. En efecto, el señalado inciso primero derogó, a contar del 1° de junio de 1988, las asignaciones establecidas en el artículo 9° del decreto ley N° 249, de 1974, y en el decreto ley N° 300, de 1974, respecto de los trabajadores de las entidades regidas por el artículo 1° del decreto ley N° 249, de 1974, del decreto ley N° 3.058, de 1979, y los Títulos I y II del decreto ley N° 3.551, de 1981, cuerpos normativos que no se refieren a las universidades estatales. En su reemplazo, el inciso segundo del artículo 4° de la mencionada ley N° 18.717 otorga, a contar de la misma fecha, a los trabajadores referidos en el inciso anterior, una bonificación sustitutiva de los ingresos representados por las asignaciones suprimidas, por el monto que indica. Con el alcance que antecede se ha tomado razón del acto administrativo del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República