Dictamen CGR

Dictamen N° 12266/2018

2018-05-14 · Contratación pública, licitaciones y compras · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Cursa con alcances la resolución Nº 12, de 2018, de la Dirección Nacional de Logística de Carabineros de Chile
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Dictamen N° 24385/2018
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N° 12.266 Fecha: 14-V-2018 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro que aprueba bases administrativas, texto de contrato y anexos para la adquisición, mediante licitación privada, de las especies que indica, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante lo anterior, cumple con hacer presente que es necesario que en la etapa de aclaraciones, esa entidad precise la ponderación que se asignará el evaluar el precio de las respectivas ofertas, atendida la disconformidad que existe sobre la materia entre lo señalado en los N°s 2 y 2.4, ambos del Anexo sobre Criterios y Metodología de evaluación. Además, cabe consignar que la remisión que se hace en el numeral 8. de la cláusula décimo primera del modelo de contrato que se aprueba, debe entenderse efectuada a su cláusula séptima, y no como ahí se indica. Asimismo, resulta del caso hacer presente que -tal como se ha indicado, entre otros, mediante los oficios N°s. 22.635 y 33.247, ambos, de 2017-, habida consideración de la data de la dictación de los actos administrativos que declaran como material estratégico para Carabineros de Chile las especies que indican y autorizan eximir de propuesta pública -resoluciones exentas N°s 314, de 2008, y 34, de 2011, de la Dirección Nacional de Logística y de la Dirección General de Carabineros, respectivamente, citadas como fundamento para proceder a la licitación privada en el documento en análisis-, corresponde que se revise la pertinencia de mantener esa calificación respecto de los elementos ahí enunciados, con el objeto de que esa institución ajuste sus contrataciones a los principios de probidad, transparencia, eficiencia y eficacia que rigen a la Administración, consagrados en los artículos 8° de la Constitución Política y 3° de la ley N° 18.575, respectivamente. Finalmente, en lo sucesivo, deberán acompañarse al respectivo acto administrativo los antecedentes y fundamentos que ese servicio tuvo en consideración para seleccionar a los proveedores que serán invitados a participar del proceso de licitación privada, a fin de verificar que se ha dado cumplimiento a lo previsto en los artículos 45 y 47 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución del epígrafe. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

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