Dictamen N° 12267/2011
N° 12.267 Fecha: 25-II-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Mónica María Servat Poblete, ex funcionaria de la Universidad de Chile, quien cesó en funciones por renuncia voluntaria, a contar del 1 de marzo de 2007, para solicitar un pronunciamiento sobre el derecho que le asistiría a obtener el bono de la ley N° 20.305. Sobre el particular, cabe expresar que el mencionado texto legal, dispone en su artículo quinto transitorio, en lo pertinente, que las personas que hayan cesado en sus funciones, en lo que interesa, por renuncia voluntaria, en alguna de las calidades y organismos señalados en su artículo 1° -entre ellos, esa Casa de Estudios Superiores-, durante el período comprendido entre el 14 de noviembre de 2003 y su entrada en vigencia, esto es, el 1 de enero de 2009, tendrán derecho al bono de naturaleza laboral que concede. La misma disposición transitoria agrega que las personas afectas a este artículo, presentarán sus solicitudes ante el jefe superior del servicio o jefatura máxima de la institución u organismo en el cual hubiere cesado en funciones, a partir de la fecha de entrada en vigencia de esta ley -el 1 de enero de 2009- y hasta dentro de los doce meses siguientes a ella. Con todo, si dichas personas no presentan las solicitudes para acceder al bono dentro del plazo indicado, se entenderá que renuncian a él. Por consiguiente, atendido que la señora Servat Poblete, según expresa, no presentó su solicitud de concesión del aludido bono, dentro del anotado término, cabe concluir, conforme con el criterio contenido en el dictamen N° 21.441, de 2010, de este origen, que se entiende, por expreso mandato del legislador, que ha renunciado al beneficio que invoca, no asistiéndole, por tanto, el derecho a percibirlo. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante