Dictamen CGR

Dictamen N° 124856/2026

2026-06-30 · Contratación pública, licitaciones y compras · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Cursa con alcances la resolución N° 21, de 2026, del Servicio Nacional de Turismo

N° OF124856 Fecha: 30-06-2026 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba las bases de licitación pública para la contratación del servicio denominado “Desarrollo Programa Turismo Familiar, Modalidad Turismo Mujer”, pero cumple con hacer presente que en la etapa de aclaraciones, el Servicio Nacional de Turismo deberá aclarar en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, lo regulado en la cláusula décimo tercera, letra E), numeral 3) del modelo de contrato, que establece que la garantía de fiel y oportuno cumplimiento se hará efectiva en caso de aplicación de tres o más multas, en circunstancias que el punto vigésimo séptimo, letra E), numeral 3) del pliego de condiciones, estipula que ello, en forma concordante con lo establecido como incumplimientos graves que dan lugar al término anticipado del contrato, es en el caso de cinco o más de dichas sanciones. Además, cabe entender que, en conformidad con los artículos 13 bis, letra c) de la ley 19.886 y 130, N° 3, del decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, las causales de incumplimiento grave que pueden motivar el término anticipado del contrato, son las señaladas de manera precisa, clara e inequívoca en la letra C) del citado punto vigésimo séptimo del acto en estudio (aplica el oficio N° E199011, de 2025, de este origen). Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto de la suma. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República Víctor Hugo Merino Rojas Subcontralor General

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