Dictamen N° 12582/2016
N° 12.582 Fecha: 16-II-2016 Esta Entidad de Control ha dado curso al documento del epígrafe, mediante el cual se aprueba el convenio de desempeño y sus anexos con la Corporación de Fomento de la Producción, por encontrarse ajustado a derecho. No obstante, de conformidad con lo señalado en la jurisprudencia administrativa de este Órgano de Control, contenida, entre otros, en los dictámenes N°s. 73.380, de 2012, y 95.238, de 2015, las enmiendas a los instrumentos presentados para el control preventivo de legalidad deben ser salvadas al margen de cada una de ellas, mediante timbre y media firma de la autoridad o ministro de fe del servicio, o por el funcionario en quien esté delegada dicha facultad, con la finalidad de velar por la integridad y autenticidad del acto y, asimismo, constatar que el jefe superior de servicio, dispuso o tomó conocimiento de las respectivas modificaciones, exigencia que en la especie no se ha cumplido en su totalidad. Con el alcance que antecede se ha tomado razón del acto administrativo del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República