Dictamen CGR

Dictamen N° 126402/2021

2021-08-03 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Cursa con alcances la Resolución N° 51, de 2021, de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas
Aplicado por
Dictamen N° 157204/2021
Aplica dictamen

N° E126402 Fecha: 3-VIII-2021 La Contraloría General ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba las bases de concurso de la consultoría denominada “Ejecución de medidas de compensación de la RCA N° 018/2010, Proyecto Embalse La Punilla”. Sin perjuicio de lo anterior, cumple con hacer presente que lo prescrito en el artículo 1.2.5, inciso tercero, de las bases en estudio, es sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 11 y 32 del Reglamento para Contratación de Trabajos de Consultoría, contenido en el decreto N° 48, de 1994, del Ministerio de Obras Públicas, tal como se ha señalado a esa Dirección -para situaciones equivalentes-, entre otros a través de los oficios N°s 22.668 y 33.192, ambos de 2019, y 1.349 y E30038, ambos de 2020, de este origen. Luego, cumple con manifestar que entiende que el primer párrafo del numeral 1.5.3.1 se refiere a las formalidades indicadas entre los numerales 2.5.1 y 2.5.4; el párrafo final del numeral 2.4.2.12 se remite a la Tabla N° 3 de los Términos de Referencia; y que el párrafo primero del numeral 2.8.1.1 se relaciona con el 2.4.1.3 A), y no como se señala en cada uno de estos casos. También es dable consignar que, los numerales 2.8 y 2.8.1, se entienden relacionados únicamente con el 2.4.1.3, y que el formato de algunos formularios de los anexos no permite apreciar todo su contenido, lo que deberá subsanarse. Asimismo, que la alusión a una marca específica en la segunda viñeta del párrafo tercero del numeral 2.9.3, debe entenderse complementada con la frase “o su equivalente”, tal como aparece en la viñeta anterior. Por último, corresponde anotar que la fecha del documento señalado en el doceavo visto es 26 de marzo, y que la ley de presupuestos citada en el décimo considerando es la N° 21.289, y no como se indica, respectivamente. Con los alcances precedentes, se ha tomado razón de la resolución del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Gunther Vargas Zincke Jefe de División

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