Dictamen N° 12690/2016
N° 12.690 Fecha: 17-II-2016 Esta Entidad de Control ha dado curso al documento del rubro, mediante el cual se aprueba la modificación del convenio celebrado entre el Ministerio de Educación y la Municipalidad de Bulnes, en el marco del Fondo de Apoyo a la Educación Pública Municipal de Calidad, por encontrarse ajustado a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que dicho acto administrativo se dictó con evidente retraso, pues la convención que se viene sancionando fue suscrita en mayo de 2015, en circunstancias que decreto respectivo fue dictado el 17 de diciembre de esta última anualidad, siendo ingresado al trámite de toma de razón recién el 22 de enero de 2016. La demora descrita constituye una infracción a los principios de eficiencia, economía procedimental y celeridad, consagrados en los artículos 5° y 8° de la ley N° 18.575, y 7° de la ley N° 19.880, acorde con lo informado por este Organismo Fiscalizador, entre otros, en sus dictámenes N °s. 36.509 y 102.232, ambos de 2015. Atendido lo anterior, en lo sucesivo esa Secretaría de Estado deberá adoptar las medidas que sean necesarias para que sus instrumentos se dicten y envíen a tramitación oportunamente. Finalmente cumple con hacer presente que dicha Cartera de Estado debe velar porque en los actos sometidos al control preventivo de juridicidad se incluya en las órdenes de tramitación la fórmula “tómese razón”, omitida en el documento en examen. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del acto administrativo del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República