Dictamen N° 36509/2015
N° 36.509 Fecha: 07-V-2015 Esta Entidad de Fiscalización ha procedido a tomar razón del documento individualizado en el epígrafe, que Reglamenta Pago de la Subvención Establecida en el Artículo 9° Bis del Decreto con Fuerza de Ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, pero cumple con hacer presente que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 3° y 6° del instrumento en curso, esta Contraloría General entiende que se trata de una regularización, pues los plazos que se indican para la presentación de los antecedentes y determinación de los cupos que corresponden a cada sostenedor, respectivamente, expiraron antes de que se ingresara el documento a trámite ante este Órgano de Control. Atendido lo expuesto, esa Secretaría de Estado deberá adoptar las medidas pertinentes en orden a evitar la demora en la remisión de sus actos para el control preventivo de legalidad, toda vez que ella constituye una infracción a los principios de eficiencia, economía procedimental y celeridad, consagrados en los artículos 5° y 8° de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. Finalmente, cumple con expresar que el Decreto con Fuerza de Ley N° 2, del Ministerio de Educación, fue promulgado el año 1998, y no como se consigna en el Visto del documento en estudio. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del decreto del epígrafe. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante