Dictamen N° 13369/2018
N° 13.369 Fecha: 29-V-2018 Se ha dirigido a esta Contraloría General Carabineros de Chile, en cumplimiento de lo indicado en el oficio N° 30.958, de 2017, de este origen, para informar en relación a los servicios que el señor Daniel Quintana Valenzuela, exfuncionario de esa institución policial, habría realizado con posterioridad al 11 de abril de 2013. Como cuestión previa, es menester recordar que, a través del referido oficio, esta Entidad de Control solicitó a Carabineros de Chile indicar qué labor calificada como nociva o peligrosa dejó de realizar el aludido exservidor para justificar que se pusiera término al pago del sobresueldo respectivo, beneficio cuyo otorgamiento proviene de las características de la labor efectuada y no del lugar en que se desempeñan las funciones, según se ha precisado en los dictámenes N os 54.563, de 2009 y 23.862, de 2017, de este origen. Pues bien, en esta oportunidad la indicada entidad señaló que el señor Quintana Valenzuela dejó de cumplir la labor de mecánico de aviación, que motivó la concesión del citado beneficio, el 11 de abril de 2013, agregando que con posterioridad ejecutó servicios operativos de Orden y Seguridad, los cuales no tienen el carácter de actividades peligrosas o nocivas para la salud. De este modo, dado que de lo expuesto se advierte que las labores que realizó el recurrente, con posterioridad al 11 de abril de 2013, no satisfacen los requisitos para estimarlas como peligrosas o nocivas para la salud, en los términos previstos en el artículo 3°, letra o), inciso tercero, del decreto N° 87, de 1999, del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento de Asignaciones, Sobresueldos, Gratificaciones Especiales y otros Derechos Estatutarios del Personal de Carabineros de Chile, cabe concluir que la decisión de ese organismo policial, en orden a dejar de pagar al interesado el señalado beneficio, se ajustó a derecho. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Marta Morales del Río Jefe de Departamento Departamento de Previsión Social y Personal