Dictamen N° 13418/2014
N° 13.418 Fecha: 21-II-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Francisco Poblete Villalón, para reclamar por su desvinculación del Parque Metropolitano de Santiago, la que, sostiene, fue consecuencia de haber denunciado hechos de corrupción. Requerido al efecto, el aludido servicio informó que el alejamiento del peticionario se debió a que venció el plazo de su contrata. Sobre el particular, es menester señalar que según los registros de esta Entidad Fiscalizadora, el ocurrente se desempeñó en el Parque Metropolitano de Santiago a contrata, vínculo que fue objeto de sucesivas prórrogas, extendiéndose la última de ellas hasta el 31 de diciembre de 2013, no habiendo otra posterior. Seguidamente, conviene recordar que conforme con lo previsto en el inciso primero del artículo 153 de la ley N° 18.834, el cumplimiento del plazo por el cual un empleado es designado en la indicada calidad causa su inmediato cese, por lo que, en la especie, tras llegar la fecha consignada en el párrafo precedente, se produjo el término de las labores del señor Poblete Villalón. Luego, en lo que atañe a lo planteado por el reclamante, en cuanto a que su desvinculación se debió a que habría denunciado hechos de corrupción, es del caso destacar, por un lado, que no aporta antecedentes que sustenten tal aseveración, y por otro, que compete a la autoridad determinar la procedencia de la prórroga de una contrata, lo que se encuentra en armonía con el carácter esencialmente transitorio de esta modalidad de designación, respecto de la cual la autoridad cuenta con una razonable discrecionalidad, como se ha precisado, entre otros, en el dictamen N° 82.939, de 2013, de este origen. Por consiguiente, cabe concluir que no se advierten irregularidades en el alejamiento del señor Poblete Villalón. Transcríbase al Parque Metropolitano de Santiago. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante