Dictamen N° 13510/2017
N° 13.510 Fecha: 17-IV-2017 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que aprueba contrato suscrito con la Empresa Nacional de Telecomunicaciones S.A, para la contratación del servicio de red MPLS, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que atendido el tiempo transcurrido entre la emisión de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, a que alude la cláusula séptima del mismo, y la época en que entrará en vigencia el convenio que se aprueba, determinada en su cláusula sexta, el mencionado instrumento no cubre completamente el plazo de duración de dicha convención, más 90 días hábiles, según lo exigía el 9.2 de las respectivas bases de licitación, por lo que esa superioridad deberá velar para que dicha caución sea renovada por el proveedor antes de su vencimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda (aplica dictamen N° 68, de 2017). Además, que esta Entidad Fiscalizadora entiende que el plazo para el pago a que se alude en el párrafo segundo de la cláusula quinta se contará -de conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 bis del antedicho decreto N° 250- desde la fecha de recepción de la factura, lo que se ha omitido indicar en esos términos en dicha esa estipulación. Finalmente, es necesario señalar que el decreto del rubro ha sido remitido para su toma de razón con evidente retraso, toda vez que, habiendo sido suscrito con fecha 10 de enero de 2017, fue ingresado a este Órgano Fiscalizador recién el 27 de marzo de la misma anualidad (aplica criterio contenido en dictamen N° 75.366, de 2016). Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del decreto del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República