Dictamen CGR

Dictamen N° 13800/2009

2009-03-17 · Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR · general · Vigente
Sumario. Conforme al art/6 inc/3 de la ley 10336, no se pronuncia sobre acciones judiciales de cobro dispuestas por Tesorerías en contra de empresa con relación a reintegros de la bonificación a la mano de obra establecida en la ley 19853
Aplicado por
Dictamen N° 100859/2014
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Dictamen N° 39876/2009
Aplica dictamen

N° 13.800 Fecha: 17-III-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General, don Juan Carlos Martino González, solicitando se determine si la Tesorería General ha actuado conforme a derecho al disponer acciones judiciales de cobro respecto de la empresa por él representada -Evaluadora Recourse Nacional S.A.­con relación a reintegros de la bonificación a la mano de obra, establecida en la ley N° 19.853. Al respecto, cabe tener presente, de los antecedentes aportados por el ocurrente, confirmados en informe evacuado por la Tesorería General -oficio N° 115, de 2009-, que dicho Servicio inició un procedimiento de cobranza regulado en el Título V, Libro III, del Código Tributario. Dentro del mencionado procedimiento, precisa el artículo 170 del citado Código, que el Tesorero Comunal respectivo, actuando en el carácter de juez sustanciador, despachará el mandamiento de ejecución y embargo, mediante una providencia que estampará en la propia nómina de deudores morosos, que hará de auto cabeza de proceso, el que en virtud de lo que disponen los artículos 179 y 180 del aludido Código, puede ser conocido por la justicia ordinaria, en el evento que se deduzca oposición por parte del ejecutado. Por consiguiente, de acuerdo con lo expuesto, y en conformidad con lo que dispone el inciso tercero, del artículo 6°, de la ley N° 10.336, Orgánica Constitucional de la Contraloría General, esta Entidad de Control debe abstenerse de emitir un pronunciamiento sobre la materia reclamada, atendido su carácter litigioso.