Dictamen N° 13880/2017
N° 13.880 Fecha: 20-IV-2017 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Gabriela Fuentes Martínez, exfuncionaria de Gendarmería de Chile, solicitando un pronunciamiento que determine el derecho que le asistiría para obtener un bono de reconocimiento por las cotizaciones enteradas en la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile. Requerida al efecto, esa entidad previsional expresa que la interesada registra cotizaciones al fondo de retiro, desde el 1 de diciembre de 2003 hasta el 31 de julio de 2014, y que de acuerdo con el criterio sostenido en los pronunciamientos de este origen que indica, no procede otorgarle el beneficio en cuestión. En el mismo sentido se manifiesta Gendarmería de Chile y la Superintendencia de Pensiones. Sobre el particular, cabe señalar que el artículo 4° de la ley N° 18.458, dispone que el personal imponente de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile que se retire o se haya retirado de su respectiva institución, servicio, organismo o empresa, sin derecho a pensión, y se incorpore o se haya incorporado al sistema establecido en el decreto ley N° 3.500, de 1980, podrá obtener un bono de reconocimiento, siempre que cuente a lo menos con doce cotizaciones mensuales en alguna institución de previsión en los cinco años anteriores a su cesación de servicios. Al respecto, la jurisprudencia de esta Entidad Fiscalizadora, contenida en el dictamen N° 77.601, de 2012, aclarado por el oficio N° 39.249, de 2015, concluyó que la emisión de los bonos de reconocimiento de que trata el aludido artículo 4°, presupone la existencia de una afiliación única y previa en alguna de las cajas institucionales, por parte del personal que cese o haya cesado sin jubilación y que, luego de ese hecho, ingrese al régimen de capitalización individual. Ahora bien, de los antecedentes tenidos a la vista, aparece, por una parte, que la recurrente se incorporó al sistema del decreto ley N° 3.500, de 1980, al menos, el 1 de junio de 1998 y, por la otra, que las imposiciones que pretende incluir en el bono de reconocimiento son posteriores a esa data, ya que su desafectación a la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile ocurrió el 31 de julio de 2014. En consecuencia, no corresponde que la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile emita el bono de reconocimiento reclamado. Transcríbase a la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, a Gendarmería de Chile y a la Superintendencia de Pensiones. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Alejandro Riquelme Montecinos Jefe de Departamento Departamento de Previsión Social y Personal