Dictamen N° 14054/2019
N° 14.054 Fecha: 24-V-2019 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba la liquidación del contrato “Rehabilitación Ruta 60-CH, Sector Los Andes Túnel Cristo Redentor; Sector 1: El Sauce-Los Quilos (DM. 50240,00 - DM.65.600,00), Sector 3 Estación Copec Guardia Vieja (DM.80.480,00 – 84.238,33), Sector 5: Portillo – Túnel Cristo Redentor (DM. 104,920,00 – 112.075,60)”; Comunas de Los Andes Y San Esteban, Provincia de Los Andes, Región de Valparaíso, previamente representado mediante el oficio N° 1.494, de 2014, de este origen. Al respecto, cabe señalar que en esta oportunidad -y con ocasión de la emisión de nuevos estados de pago- no se advierte la razón por la que, en la metodología utilizada -para efectos de corregir el monto pagado por concepto de multa en el estado de pago N° 35, se aplicó en la base de cálculo, según se advierte en el estado de pago N° 36, un factor de reajuste sobre un monto diverso al monto efectivo de la multa cursada, lo que tiene incidencia en la determinación de la cifra correcta. Sin perjuicio de lo indicado, cabe objetar que en el estado de pago N° 36, emitido en el mes de junio de 2015, para el respectivo cálculo de reajuste, no se aplica en calidad de índice actual, el del mes anterior al de dicho estado de pago. Por último, la liquidación no fue resuelta por las mismas autoridades que sancionaron la contratación, infringiendo lo dispuesto en el artículo 2°, letra C.-, numeral 2, del Reglamento de Montos de Contratos de Obras Públicas, aprobado por el decreto N° 1.093, de 2003, del Ministerio de Obras Públicas. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República División de Infraestructura y Regulación Subjefe de División