Dictamen CGR

Dictamen N° 140551/2025

2025-08-20 · Urbanismo, construcción y vivienda · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. No procede emitir un nuevo pronunciamiento respecto de la materia que se indica. Confirma dictamen N° E104638, de 2025, de este origen

N° E140551 Fecha: 20-08-2025 Mediante el dictamen N° E104638, de 2025, y con motivo de una reclamación planteada por don Juan Pablo Vigneaux Bravo, esta Contraloría General manifestó, en lo medular, que no advertía reparos en cuanto al fondo de lo resuelto por la Secretaría Regional Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo, en orden a no dar lugar a la invalidación del certificado de recepción definitiva del edificio referido por el interesado. Ello, teniendo presente la data de emisión de dicho certificado -15 de marzo de 2016- y lo dispuesto en el artículo 53, inciso primero, de la ley Nº 19.880, según el cual “la autoridad administrativa podrá, de oficio o a petición de parte, invalidar los actos contrarios a derecho, previa audiencia del interesado, siempre que lo haga dentro de los dos años contados desde la notificación o publicación del acto”. En esta oportunidad, el mismo recurrente impugna el citado dictamen, para cuyos efectos reitera los planteamientos manifestados en su reclamación. En tales condiciones, y considerando que no se han acompañado nuevos antecedentes o elementos de juicio que no hubiesen sido ponderados previamente y que permitan desvirtuar lo concluido, no corresponde emitir un nuevo pronunciamiento sobre la materia. Por otra parte, y dado lo manifestado en la presentación que se atiende, cumple con hacer presente que el ejercicio de acciones judiciales respecto del aludido certificado de recepción definitiva constituye un asunto cuya determinación incumbe a los interesados, razón por la cual tampoco procede pronunciarse a ese respecto. Finalmente, frente a lo consultado por el recurrente en relación con la notificación del referido dictamen N° E104638, de 2025, se ha estimado pertinente consignar que dicho documento fue remitido a la Secretaría Regional Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo en atención a lo instruido a esa repartición, en el sentido que, en lo sucesivo, debía atender los requerimientos que se le formulen conforme a su naturaleza, sin desmedro de la denominación que le otorgue el solicitante. Saluda atentamente a Ud., Víctor Hugo Merino Rojas Contralor General de la República (S)

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