Dictamen CGR

Dictamen N° 14151/2016

2016-02-23 · Obras públicas y concesiones · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Representa la resolución N° 26, de 2016, de la Dirección de Arquitectura
Aplicado por
Dictamen N° 9806/2018
Aplica dictámenes
Dictamen N° 46310/2016
Aplica dictamen

N° 14.151 Fecha: 23-II-2016 La Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al instrumento del rubro, que aprueba la liquidación de la obra “Construcción parque fluvial Padre Renato Poblete, etapa 1, movimiento de tierras masivo”, en atención a las siguientes observaciones: 1.- No resulta suficientemente acreditada la ejecución de la totalidad de los movimientos de tierra contratados, y subsecuentemente, que no exista un saldo en contra del contratista, toda vez que de los antecedentes tenidos a la vista, se advierten discordancias en lo que respecta a la cantidad de material que no fue removido. Sobre el particular, en el oficio N° 1.021, de 2013, de esa dirección, se consignó que existen obras no ejecutadas por un total de 15.594 m 3, en circunstancias que, en esta oportunidad, se adjunta el oficio N° 1.477, de 2014, de la Dirección General de Obras Públicas, en que se determina un déficit de 1.718 m 3 . Al respecto, el referido oficio N° 1.477 se sustenta en dos informes no suscritos por ningún profesional responsable, y a los que se omite adjuntar los antecedentes técnicos que fundamentan los 1.718 m 3 . Por lo demás, y no obstante el cambio de criterio, se acompañan los documentos que acreditan la contratación y pago de movimientos de tierra necesarios para dar cumplimiento a las obras inconclusas de la etapa I ascendentes a $ 198.976.588. 2.- No se incluye como anexo a la copia del acta de recepción única remitida, el presupuesto de las obras recibidas, firmado por todos los miembros de la comisión, según lo preceptuado en el artículo 166 del Reglamento para Contratos de Obras Públicas, aprobado por el decreto N° 75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas, lo que resulta relevante para determinar las labores ejecutadas en el presente contrato. 3.- Corresponde que se informen las medidas adoptadas por esa repartición, en cumplimiento del oficio N° 15.327, de 2014, de este origen, que requiere investigar los hechos ocurridos e informados por esa dirección en el referido oficio N° 1.021 y hacer efectivas las responsabilidades administrativas, originadas en incumplimientos advertidos con posterioridad a la recepción única con reservas, que no fueron verificados durante la ejecución del contrato. Por último, tanto en la liquidación como en su respectivo anexo, documentos aprobados en el acto en estudio, se omite la firma de quien se individualiza como jefa del “Depto. Edificación DA – MOP”. Saluda atentamente a Ud Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación

Dictámenes relacionados
Dictamen N° 15327/2014
Aplica dictamen