Dictamen N° 15648/2012
N° 15.648 Fecha: 16-III-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Jaime Humberto Arévalo Valdés, RUT N° 8.113.750-1, pensionado de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, solicitando que se aclare lo establecido por el oficio N° 6.454, de 1 de febrero de 2012, de este origen, mediante el cual se le indicó que esta Entidad Fiscalizadora carece de atribuciones para acoger una solicitud que formulara, en orden a que se le condonara una deuda por concepto de asignación familiar percibida indebidamente. Al respecto, cumple con señalar que no cabe sino ratificar lo dispuesto en el citado oficio N° 6.454, de 2012, de este Organismo de Control, atendido que, tal como se manifestó en éste, no es posible aplicar la facultad de condonación u otorgamiento de facilidades de pago establecida en el artículo 67 de la ley N° 10.336, atendida la naturaleza de la deuda, por tratarse de una prestación de seguridad social. Finalmente, cabe hacer presente que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3° del decreto ley N° 3.536, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, la Caja de Previsión de la Defensa Nacional está facultada para resolver sobre el otorgamiento de facilidades de pago y la remisión de prestaciones de seguridad social erróneamente concedidas, a petición expresa de cada interesado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República