Dictamen N° 15823/2012
N° 15.823 Fecha: 16-III-2012 La Contraloría Regional de Valparaíso ha remitido a esta Sede Central las presentaciones de los Concejales de la Municipalidad de El Quisco, señores Cristofer Ceballos Lira, Guillermo Vidal Devia y Guillermo Romo Díaz y, asimismo, las de doña Raquel Salinas Bascur y don Iván Labra Moya, en representación del Comité de Participación Ciudadana de la misma comuna, en las cuales, por una parte, formulan una serie de denuncias relacionadas con eventuales irregularidades que se habrían verificado en la mencionada entidad edilicia y, por otra, solicitan se les informe sobre el estado de tramitación de algunas presentaciones que habrían interpuesto en la referida Sede Regional, y de dos procedimientos disciplinarios que se instruyeron sobre los asuntos que exponen. Los mismos requerimientos efectuaron los recurrentes a esta Entidad de Control. Por su parte, el Segundo Vicepresidente de la Cámara de Diputados, a petición de la Diputada señora María José Hoffmann Opazo, ha requerido -mediante el oficio N° 4.570, de 2011-, a esta Contraloría General que informe respecto de las presentaciones efectuadas a este Órgano de Control por la Junta de Vecinos Los Ríos de Punta de Tralca y la Unión Comunal de Juntas de Vecinos El Despertar de El Quisco, para que se precise si aquellas han motivado la instrucción de sumarios administrativos y, en el evento de ser ello efectivo, el resultado de los mismos. En primer término, en lo que dice relación con el sumario administrativo instruido por la Municipalidad de El Quisco, respecto de presuntas modificaciones a la jornada de trabajo de los funcionarios que se individualizan, y la imparcialidad de la alcaldesa para afinarlo, cabe recordar que mediante oficio N° 1.753 de 2010, la Contraloría Regional de Valparaíso -atendiendo las denuncias de la Comisión de Participación Ciudadana de El Quisco-, indicó que dicha situación debía ser investigada, razón por la que la referida entidad edilicia, por decreto N° 831, de 2010, instruyó el respectivo procedimiento disciplinario, el que finalmente fue sobreseído en virtud del decreto N° 1.558, de igual año, siendo observado a través del oficio N° 10.074, de 2011, por la Oficina Regional, ya que la investigación no se encontraba agotada, ordenándose al municipio retrotraer el sumario a la etapa indagatoria, sin que hasta la fecha la municipalidad lo haya remitido nuevamente a objeto de subsanar tal observación. Atendido lo anterior, y considerando, además, la necesidad de investigar la denuncia efectuada por los recurrentes respecto del incumplimiento, por parte del director de obras municipales de El Quisco, de su jornada de trabajo, se ha resuelto que la Sede Regional de Valparaíso tome a su cargo la tramitación del aludido sumario administrativo, a objeto de indagar todas las eventuales responsabilidades derivadas de los hechos mencionados. Luego, en cuanto a las sumas eventualmente adeudadas por los funcionarios involucrados en el sumario a que se ha hecho referencia -por los hechos aludidos-, y a las medidas que deben adoptarse para recuperar esos montos, cumple con señalar que si del resultado del mencionado procedimiento se establece que ha existido un perjuicio patrimonial para la Municipalidad de El Quisco, se determinarán los montos de dicho menoscabo económico y se adoptarán las medidas conducentes a obtener el reintegro respectivo, ya sea mediante el correspondiente juicio de cuentas, si procediere, o a través de los Tribunales Ordinarios de Justicia. A continuación, en lo que atañe a la eventual comisión de delitos por parte de los funcionarios Marlene Catalán Marín y Gabriel Reyes Strappa, por haber prestado servicios en la Municipalidad de San Antonio dentro de su jornada ordinaria de trabajo, percibiendo el pago íntegro de las remuneraciones, y por una supuesta desaparición de los registros de asistencia municipales de los últimos 11 meses del año 2010, es menester hacer presente que en la Fiscalía Local de San Antonio se sigue la investigación RUC N° 1001160013-7, en contra de los individualizados servidores, por el delito de fraude al Fisco, sin que a esta Entidad de Control le corresponda intervenir sobre el particular (aplica criterio contenido en los dictámenes N°s. 21.369, de 1991 y 50.850, de 2004). Por otra parte, en lo que guarda relación con el requerimiento de información relativo a la denuncia por las irregularidades ocurridas en el uso del vehículo municipal asignado a la alcaldesa -la que dio lugar a la instrucción de una investigación sumaria por infracción al decreto ley N° 799, de 1974, sobre Uso y Circulación de Vehículos Estatales-, es dable indicar que ella fue afinada por la resolución N° 1.032 de 30 de septiembre de 2011, de esta Contraloría General, notificada a los afectados con fecha 20 de octubre de igual año, mediante la cual se aplicaron las medidas disciplinarias de multa del 10% de su remuneración mensual a la alcaldesa de la Municipalidad de El Quisco; y de multa del 5% de su remuneración mensual al conductor del vehículo municipal, don Héctor Díaz Carrasco. A su vez, respecto al estado de tramitación del sumario instruido por la Contraloría Regional de Valparaíso, con ocasión de las acusaciones sobre presuntas anormalidades en la adjudicación de proyectos de viviendas sociales en El Quisco, corresponde señalar que aquel se encuentra actualmente en la etapa indagatoria. En lo referente a la negativa de la alcaldesa, en orden a otorgar a los concejales de la referida comuna, la información municipal solicitada formalmente por aquellos, y de realizar una serie de acciones que implicarían faltas a la probidad, obstrucción a la labor fiscalizadora y notable abandono de deberes, es necesario hacer presente que acorde con los antecedentes que obran en poder de este Ente de Control, dicha denuncia fue atendida por la Sede Regional de Valparaíso, a través del oficio N° 9.485, de 2011, cuya copia se acompaña. Lo mismo acontece en cuanto al reclamo sobre la legalidad de las bases del concurso público convocado por la Municipalidad de El Quisco para proveer el cargo de secretario municipal, el que fue respondido mediante el oficio N° 6.587, de 2010, copia del cual se adjunta. En otro orden de consideraciones y en lo que dice relación con las presentaciones efectuadas por la Junta de Vecinos Los Ríos de Punta de Tralca y la Unión Comunal de Juntas de Vecinos El Despertar de El Quisco, por las que consulta la Diputada señora María José Hoffmann Opazo, cabe señalar que ellas fueron atendidas por la Contraloría Regional de Valparaíso, mediante los oficios N°s. 3.936, de 2009, 11.768 y 11.787, ambos de 2011 -cuyas copias se acompañan-, y a su vez, el Nivel Central de esta Entidad Fiscalizadora emitió el dictamen N° 26.449, de 2011 -del cual se adjunta copia-, siendo necesario agregar que, aparte de los procesos disciplinarios a que se ha hecho referencia, en el sumario instruido por la Oficina Regional en la Municipalidad del Quisco -a través de la resolución exenta N° 264, de 2009-, para indagar las responsabilidades administrativas derivadas del pago en calidad de anticipo del 50% del valor previsto para la subetapa III, en el contrato del proyecto “Actualización Plan Regulador, Comuna de El Quisco”, se propuso a la autoridad edilicia, mediante resolución exenta N° 366, de 2011, la imposición de las medidas disciplinarias de multa del 10% a don Lorenzo Paredes Pérez -director de Obras Municipales-, y de multa del 5% al funcionario don Gabriel Reyes Strappa, aplicándoseles, en definitiva, la sanción de censura a ambos servidores, por decreto alcaldicio N° 1.718, de 2011. Finalmente, en lo que atañe a la rendición de cuentas de los recursos otorgados mediante decreto N° 1.779, de 2009, de la Municipalidad de El Quisco, a la Unión Comunal de Juntas de Vecinos El Despertar de El Quisco, cumple con remitir copia del Informe N° 27, de 2011, de la Oficina Regional de Control, que se refiere a la materia. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República