Dictamen N° 15876/2010
N° 15.876 Fecha: 25-III-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Hermógenes Ronaldo Alvarado Rodríguez, ex funcionario del antiguo Servicio de Equipos Agrícolas Mecanizados, SEAM-CORFO, exonerado político, para solicitar la revisión de su pensión no contributiva, por gracia. Sobre el particular, cabe manifestar que, de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que mediante la resolución N° 4.115, de 2005, del Ministerio del Interior, se declaró la calidad de exonerado político del recurrente y se le concedió una pensión no contributiva, por gracia, por un monto inicial de $401.996.-, mensuales, a contar del 1 de septiembre de 1998. Dicho documento fue cursado con alcance por este Órgano Fiscalizador, a través del oficio N° 45.151, de 2005, en el que se hizo presente que el grado de asimilación que corresponde considerar, a marzo de 1990, es el 5 de la Escala Única de Sueldos. En cumplimiento de la instrucción en referencia, se dictó la resolución N° 6.724, de 2005, de la misma Secretaría de Estado, alcanzando el aludido beneficio el valor inicial de $462.329.-, al mes, desde el 1 de septiembre de 1998. Precisado lo anterior, se ha estimado del caso hacer presente al recurrente que, tal como se concluyera, entre otros, en el dictamen N° 71.045, de 2009, de este Ente Fiscalizador, en la determinación de los beneficios previsionales deben considerarse las circunstancias particulares de cada caso, como los años de tiempo computable, el cargo desempeñado y la entidad en que ocurrió la desvinculación, razón por la cual el monto de la pensión otorgada a otro ex funcionario del respectivo organismo de exoneración no puede ser considerada al momento del cálculo de la jubilación no contributiva que lo favorece. En consecuencia, con el mérito de lo expuesto, resulta forzoso concluir que la pensión no contributiva del señor Alvarado Rodríguez se encuentra ajustada a la normativa que la regula. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República