Dictamen N° 15969/2010
N° 15.969 Fecha: 26-III-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Ivonne Lilian Sandoval Álvarez, funcionaria de la Universidad de Chile, a fin de solicitar un pronunciamiento que determine si el abono de tiempo por gracia que le fue concedido en su calidad de exonerada política, en conformidad con el artículo 4° de la ley Nº 19.234, puede ser considerado para completar los 20 años de servicios que exige la ley Nº 20.305 para acceder al bono establecido en ella. Asimismo, requiere información sobre el registro de las labores efectuadas en esa Casa de Estudios Superiores en el año 1969, que, según indica, no aparecen en los antecedentes que tiene dicha entidad. Al respecto, cabe expresar, en primer término, que el artículo 4° de la ley Nº 19.234 concede a los exonerados políticos el derecho a obtener abono de tiempo por gracia de 6, 4 ó 3 meses de cotizaciones o servicios computables, dependiendo de la fecha del respectivo cese por motivos políticos, por cada año de cotizaciones que tuvieren registradas a la fecha de la exoneración, con las limitaciones temporales que indica. Ese precepto se encuentra complementado, en lo que interesa, por el numeral segundo del artículo 5° del mismo ordenamiento que dispone que el mencionado reconocimiento dará derecho, respecto de aquellos interesados incorporados al nuevo sistema de pensiones, como es el caso de la interesada, a una reliquidación del bono de reconocimiento, o a la emisión de un bono de reconocimiento complementario, según procediere. De dicha disposición se desprende, tal como lo ha manifestado este Organismo Fiscalizador, entre otros, en su dictamen Nº 29.324, de 2004, que el aludido abono únicamente da derecho a los beneficios que indica la norma citada precedentemente, de modo que no puede ser considerado a efectos de completar el período mínimo de servicios exigido por el artículo 2° Nº 2 de la ley Nº 20.305, para acceder al bono de que trata ese texto legal. Por otra parte, en lo relativo a la información solicitada por la señora Sandoval Álvarez, cumple anotar que, de acuerdo a los antecedentes que existen en esta Contraloría General, ella registra servicios en la Universidad de Chile desde el 1 de mayo de 1969 al 31 de diciembre de ese año, en calidad de contratada, no existiendo datos con anterioridad a esa fecha, como consta en el informe de Apoyo Tipo I de este origen, cuya copia se le remite para los fines que estime pertinente. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República