Dictamen N° 16408/2013
N° 16.408 Fecha: 14-III-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Faruk Julio Anaiz Briceño, funcionario de la Dirección del Trabajo, para reclamar por supuestos vicios en la tramitación de un sumario administrativo ordenado instruir por la resolución exenta N° 213, de 2011, de esa repartición. A modo preliminar, corresponde indicar que, a la fecha, no ha ingresado a este Ente Fiscalizador, para su control de legalidad, el acto administrativo a través del cual se da término a dicho procedimiento sumarial. Enseguida, cabe manifestar que, tal como indica la jurisprudencia administrativa de esta Entidad de Control contenida en los dictámenes N os 511, de 2011 y 11.631, de 2013, los sumarios administrativos son procesos reglados y a su respecto no caben otros trámites o instancias que aquellas previstas en la reglamentación que, al efecto, establece la ley N° 18.834, normativa que no otorga facultades a esta Institución de Control para emitir una opinión anticipada a su respecto, cuyos resultados tendrá oportunidad de examinar al efectuar el estudio previo de juridicidad del acto administrativo que los afine, de ser ello procedente, de acuerdo con lo establecido en la resolución N° 1.600, de 2008, de este origen, por lo que, por ahora, se abstiene de emitir el pronunciamiento requerido. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República