Dictamen N° 16769/2014
N° 16.769 Fecha: 06-III-2014 Esta Entidad de Control ha dado curso al decreto N° 118, de 2013, del Ministerio de Bienes Nacionales , que crea el parque nacional "Yendegaia", por cuanto se ajusta a derecho. En efecto, dicha Secretaría de Estado ha acompañado al expediente administrativo tanto el oficio Ord. N° 348, de 2014, de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, que informa que no tiene objeciones y apoya la creación del aludido parque nacional, considerando que su establecimiento no interfiere con actividades de acuicultura ni pesqueras, como el decreto exento N° 1.462, de 2013, del Ministerio de Bienes Nacionales, que excluye de la destinación realizada al Ministerio de Defensa Nacional, ex Subsecretaría de Carabineros, la superficie que indica, subsanando así las observaciones formuladas a través del oficio N° 10.855, de 12 de febrero de 2014, de este Organismo Fiscalizador. Asimismo, cumple con hacer presente que conforme a lo informado por el Asesor Especial para Asuntos Indígenas, del Ministerio de Desarrollo Social, al 17 de febrero de 2014, dicha unidad no había recibido observación ni comunicación alguna por parte de la comunidad indígena consultada, lo que tampoco habría ocurrido en la Subsecretaría de Bienes Nacionales, de acuerdo a lo manifestado por ese servicio mediante Ord. N° 106, de 19 de febrero de 2014, esto es, transcurrido el plazo a que se refiere el artículo 18 del decreto N° 124, de 2009, del ex Ministerio de Planificación, vigente a la fecha de dicha consulta. Sin perjuicio de lo anterior, en lo sucesivo, la Administración deberá dar estricto cumplimiento a las etapas de los procesos de consulta indígena contemplados en el decreto N° 66, de 2013, del Ministerio de Desarrollo Social, instrumento que reemplazó el aludido decreto N° 124. En virtud de lo expuesto, y en atención a los documentos antes individualizados, y que se han omitido citar en el acto administrativo del rubro, es que se tienen por subsanadas las observaciones realizadas en el mencionado oficio N° 10.855. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del instrumento examinado. Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República