Dictamen CGR

Dictamen N° 16785/2016

2016-03-03 · Procedimiento administrativo y actos administrativos · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. La administración posee plazo de dos años para invalidar un acto contrario a derecho

N° 16.785 Fecha: 03-III-2016 El señor Andrés Alejandro Olave Cubillos, funcionario de Carabineros de Chile, ha solicitado un pronunciamiento que, según entiende esta Contraloría General, se refiere a la posibilidad de dejar sin efecto su eliminación del curso de especialización Operaciones Policiales Especiales. Al respecto, es dable señalar que el artículo 53, inciso primero, de la ley N° 19.880, prescribe que la autoridad administrativa podrá, de oficio o a petición de parte, invalidar los actos contrarios a derecho, siempre que se haga dentro de los dos años contados desde su notificación o publicación, lapso que, acorde con el criterio contenido en el dictamen N° 18.353, de 2009, de esta procedencia, es de caducidad, de modo que no se interrumpe ni suspende por la interposición de reclamos durante su vigencia. De esta manera, considerando que la presentación en estudio es de fecha 17 de febrero de 2016, cabe expresar que aun en el evento de haberse configurado un vicio que hubiese permitido dejar sin efecto la aludida eliminación -que según aparece en la documentación proporcionada, le fue comunicada el día 28 de diciembre de 2009-, en la actualidad no es factible que la correspondiente jefatura de la referida institución policial la invalide, debido al transcurso del mencionado plazo de dos años. No obstante lo anterior, en lo que atañe a que la Dirección Nacional del Personal de Carabineros de Chile no habría atendido su petición de reconocimiento de aquella especialidad, limitándose a contestar lo relativo al pertinente sobresueldo, es dable indicar que del examen de los antecedentes tenidos a la vista, se advierte que lo alegado por el recurrente no es efectivo, por cuanto esa dirección manifestó, en síntesis, que no le asistía el derecho a obtener tal reconocimiento, pues no estaba en posesión del título exigido para ello. Transcríbase a la Contraloría Regional del Biobío. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Osvaldo Vargas Zincke Subcontralor General de la República Subrogante

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