Dictamen N° 167887/2021
N° E167887 Fecha: 23-XII-2021 Esta Contraloría General no ha dado curso, nuevamente, al instrumento del rubro, que aprueba liquidación final del contrato “Mejoramiento área de movimiento pista 17R-35L Aeropuerto Arturo Merino Benítez”, representado mediante el oficio N° E63105 de 2020, de este origen, por cuanto lo manifestado en la minuta de 9 de noviembre de 2021, suscrita por el Jefe (S) del Departamento de Contratos de la Dirección de Aeropuertos, no permite superar totalmente las observaciones formuladas. Así, en relación con el motivo por el cual en el estado de pago N° 3 se efectúa una reserva de derechos, si bien en dicha minuta se alude al procedimiento de pago, no se aportan mayores detalles acerca de lo anotado en ella sobre el “estado de pago posterior en que se regularizó los pagos a los ítems correctos”, ni se determinan estos últimos. Luego, sobre lo observado en el primer ingreso del acto en examen, en orden a que no se vislumbraba de qué manera se configuraría lo consignado en los anexos N os 2, -Cálculo de reajuste- y 2A -Recuperación de reajuste- de los estados de pago Nos 5, 10, 11, 13 y 16-, en el sentido que se habría efectuado un pago en exceso, la minuta referida se limita a trasladar los montos generales reflejados en los mencionados estados de pago tenidos a la vista previamente, lo que impide determinar las partidas en que ello habría tenido lugar, sin que tampoco se aporten documentos de respaldo. Por último, no fueron acompañados los antecedentes requeridos en las observaciones Nos 4, 5 y 6 del aludido oficio de representación. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Virginia Godoy Cortes Subjefe de División (S)