Dictamen CGR

Dictamen N° 18245/2016

2016-03-08 · Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Funcionarios que se desempeñaron por más de un año en la administración pública, no necesitan cumplir una nueva anualidad para gozar de su feriado legal

N° 18.245 Fecha: 08-III-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Alejandro Arancibia Cerda, funcionario del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, para consultar acerca del derecho a feriado legal que le asistiría, para hacerlo efectivo en el año 2016, en atención a que se reincorporó a la Administración Pública el 17 de noviembre de 2015. Sobre el particular, cabe señalar que según los registros de este Órgano de Control, el peticionario se desempeñó en calidad de contrata en el Instituto de Salud Pública, entre el 4 de abril de 2014 y el 30 de junio de 2015. Luego, con fecha 17 de noviembre de 2015, el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura lo designó en la condición de contrata de reemplazo, la que de acuerdo con lo informado por dicha autoridad, se prorrogó hasta el 8 de marzo de 2016. Al respecto, es útil consignar que el artículo 107 de la ley N° 18.834, prescribe que el funcionario que ingrese a la Administración del Estado no tendrá derecho a hacer uso de feriado en tanto no haya cumplido efectivamente un año de servicio, siendo del caso agregar que, acorde con lo precisado, entre otros, en el dictamen N° 63.563, de 2014, de esta procedencia, la restricción que el reseñado artículo 107 prevé, resulta aplicable a quienes se incorporan por primera vez a un organismo público, y no a los empleados que ya habían realizado labores en la Administración por más de un año, como acontece en la especie. De este modo, y atendido que tal desempeño puede ser con o sin solución de continuidad, conforme se ha sostenido en el citado pronunciamiento, se debe concluir que al señor Arancibia Cerda le asiste el derecho a hacer uso del feriado legal por el cual consulta, durante el año 2016, en la medida que aún tenga la calidad de funcionario público, cuestión que no consta en los registros de esta Institución Fiscalizadora. Transcríbase al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Osvaldo Vargas Zincke Subcontralor General de la República Subrogante

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