Dictamen N° 18307/2020
N° E18307 Fecha: 10-VII-2020 La Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que transfiere a la cuenta bancaria seis del sistema de transporte público de pasajeros de Santiago los fondos que indica. No obstante, cumple con hacer presente, en relación con las condiciones específicas de operación y de utilización de vías aplicables a la Unidad de Negocio N° 4 -establecidas a través de la resolución exenta N° 1.771, de 2019, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, citada en el decreto del epígrafe-, que su plazo de vigencia está siendo renovado a partir del 27 de junio de 2020, mediante la resolución N° 21, del año en curso, de esa cartera de Estado. También, y en razón de lo anterior, que la instrucción de aquel ministerio al Administrador Financiero de Transantiago S.A., para que este pague a la Unidad de Negocio N° 4 el monto que corresponda por los servicios prestados en el período comprendido entre los días 27 y 30 de junio de 2020, solo podrá impartirse una vez que la aludida resolución N° 21, de igual anualidad, se encuentre totalmente tramitada (aplica el criterio contenido en los oficios Nos 33.019, de 2019, y 6.697, de 2020, de este origen). Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República