Dictamen N° 6697/2020
N° 6.697 Fecha: 23-III-2020 La Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que transfiere a la cuenta bancaria seis del sistema de transporte público de pasajeros de Santiago los fondos que indica. No obstante, cumple con hacer presente que mediante la resolución N° 3, de 2020 -citada en el instrumento en examen-, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones ha establecido condiciones específicas de operación y de utilización de vías para la Unidad de Negocio N° 5, a partir del día 23 de febrero del año en curso, acto administrativo que está en actual tramitación ante este organismo de control. También, y en razón de lo anterior, que la instrucción de aquel ministerio al Administrador Financiero de Transantiago S.A., para que este pague a la antedicha unidad de negocio el monto que corresponda por los servicios prestados en el período comprendido entre los días 23 de febrero y 15 de marzo de 2020, solo podrá impartirse una vez que la aludida resolución N° 3, de igual anualidad, se encuentre totalmente tramitada (aplica el criterio contenido en el oficio N° 5.946, de 2020, de este origen). Por último, de acuerdo con lo manifestado mediante correo electrónico de fecha 20 de marzo de 2020, emanado del Coordinador Legal del Directorio de Transporte Público Metropolitano, y en concordancia con lo señalado en el oficio N° 961, del mismo año, de la Secretaría Ejecutiva de aquel directorio, cabe precisar que la proyección de los descuentos que se consigna en el numeral (i) del considerando 4° del decreto en estudio, asciende a la suma de $245.345.653, y no a la que allí se indica. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República