Dictamen CGR

Dictamen N° 1838/2017

2017-01-18 · Contratación pública, licitaciones y compras · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Cursa con alcances la resolución N° 406, de 2016, del Hospital de Carabineros

N° 1.838 Fecha: 18-I-2017 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que aprueba la adjudicación a las empresas que señala de la licitación pública convocada para el suministro de los bienes que se indica, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que, en lo sucesivo, ese servicio deberá especificar en el acto administrativo de adjudicación los criterios de evaluación, previamente establecidos en las bases, que permitieron a los adjudicatarios obtener la calificación de oferta más conveniente, a fin de dar cumplimiento al inciso cuarto del artículo 41, del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, lo que no ocurre en este caso (aplica dictamen N° 74.086, de 2016). Por otra parte, corresponde que ese servicio procure, en el futuro, que los documentos que sancione observen un orden correlativo en la numeración de sus considerandos, lo que no aconteció en esta oportunidad, en que la misma parte en el N° 9, luego vuelve al N° 7 y, además, se repiten algunos numerales. En concordancia con lo anterior, este Órgano Fiscalizador entiende que la remisión efectuada en el resuelvo N° 2 es al segundo considerando N° 9 (aplica dictamen N° 90.917, de 2016). Además, procede aclarar que en tanto la adjudicación de la especie no importa un gasto, la imputación presupuestaria que se contiene en el resuelvo N° 6 del documento en examen resulta ser meramente referencial, debiendo aquella efectuarse en el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato (aplica dictamen N° 43.675, de 2016). Finalmente, y en concordancia con lo previsto en el artículo 3° del citado decreto N° 250, esa institución deberá adjuntar a actos administrativos como el de la especie el original del correspondiente certificado de disponibilidad presupuestaria, y no como sucedió en la situación en examen, donde sólo se acompañó una copia simple de dicho documento (aplica dictamen N° 657, de 2017). Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

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