Dictamen N° 18411/2019
N° 18.411 Fecha: 08-VII-2019 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que aprueba el convenio ad-referéndum N° 2, del contrato “Diseño y construcción del puente Chacao, región de Los Lagos”, en cuanto tiene por objeto la desagregación de determinadas etapas y del porcentaje de pago de cada una de las etapas que se desagregan, y la formalización del plazo total del contrato, pero cumple con hacer presente que ello no implica un pronunciamiento sobre los demás aspectos vinculados a la aludida formalización. Se reitera, por tanto -al igual como se indicó en el oficio N° 1.259, de 2018, de este origen-, que el contenido del convenio que se viene aprobando debe reflejarse en el programa de trabajo actualizado del contrato, a que se hace mención en el considerando 12° de la resolución de la suma, programa que debe elaborarse de tal modo que permita determinar la ruta crítica de la obra y controlar efectivamente el avance físico y financiero de la misma, considerando los criterios de aplicación de multas en relación con ese avance, definidos en la tabla contenida en el punto 3.13 de las bases. Además, entiende que se incluye en las definiciones mencionadas a continuación de la tabla del Anexo E de la cláusula quinta -acápite II.A- la de “Estructuras de Cables”, que fue consignada en el texto refundido de dicho Anexo. Cabe precisar, acorde con los antecedentes tenidos a la vista y a lo señalado en el párrafo segundo de la cláusula quinta y en la cláusula sexta, que la última columna de la tabla contenida en el acápite II.B -Complementación del Anexo L-, comprende los porcentajes máximos a pagar del presupuesto total ofertado respecto de cada una de las etapas desagregadas, y que la última columna de la tabla del punto III.B -Anexo L Refundido-, incorpora, además de aquellos, los porcentajes correspondientes al resto de las etapas. Por último, y atendida la formalización aludida, se deberán adoptar las medidas que correspondan para que la garantía de fiel cumplimiento del contrato se extienda en conformidad al punto 3.7.1. de las bases. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República