Dictamen CGR

Dictamen N° 18444/2017

2017-05-19 · Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Responde solicitud de fiscalización que indica

N° 18.444 Fecha: 19-V-2017 Se ha dirigido a este Organismo de Control el señor Jorge Ulloa Aguillón, Diputado de la República, solicitando que se efectué una investigación en la Superintendencia de Salud tendiente a determinar una eventual falta de oportunidad por parte de esa entidad en la fiscalización que le correspondía realizar en la Isapre Más Vida. En lo principal, el Diputado recurrente manifiesta que la referida superintendencia habría tenido conocimiento de importantes irregularidades de los estados financieros de la citada institución de salud, desde al menos noviembre del año 2015, ante lo cual no habría actuado de manera oportuna, evitando el perjuicio que se ha ocasionado a sus afiliados. En relación con la materia, cumple con informar que según lo dispuesto en el artículo 110 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2006, del Ministerio de Salud, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del decreto ley N° 2.763, de 1979 y de las leyes N o 18.933, y N° 18.469, a la Superintendencia de Salud le compete supervigilar y controlar a las instituciones de salud previsional y velar por el cumplimiento de las obligaciones que les imponga la ley en relación a las Garantías Explicitas en Salud, GES, los contratos de salud, las leyes y los reglamentos que las rigen. Por su parte, en virtud de lo dispuesto en los artículos 80, 106 y 129, del mencionado cuerpo normativo, a esta Contraloría General le corresponde fiscalizar a la Superintendencia de Salud, especialmente en cuanto a que su personal cumpla con el ejercicio de sus funciones, y que ello lo haga conforme a los principios y normas establecidos en la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, en los términos previstos en el oficio N° 80.751, de 2016, de este origen. En ese contexto, y en orden al requerimiento del señor Ulloa Aguillón, a este Órgano de Control le compete investigar si el personal de la Superintendencia de Salud ejerció su rol regulador y fiscalizador en la Isapre Más Vida, no obstante, se debe informar que para el desarrollo de la investigación requerida se deben realizar numerosas diligencias que demandarían gran número de horas de fiscalización, lo que atendido el personal con que cuenta esta Entidad de Control y la carga laboral existente en la actualidad, no es posible llevarla a cabo, sin perjuicio de que la incorporación de la materia de que se trata sea analizada en el proceso de planificación anual de esta Entidad de Fiscalización. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

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