Dictamen N° 18844/2019
Nº 18.844 Fecha: 12-VII-2019 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor HJ, exfuncionario de la Policía de Investigaciones de Chile, para impugnar la medida disciplinaria de separación que se le aplicó. Al respecto, cabe hacer presente que el artículo 53 del decreto Nº 1, de 1982, del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento de Sumarios Administrativos e Investigaciones Sumarias, dispone, en lo que interesa, que en contra de la resolución del director general de esa institución policial que imponga el referido castigo, procederá el reclamo ante este organismo fiscalizador, el que deberá interponerse ante la mencionada autoridad policial, dentro del plazo de diez días contado desde la notificación del pertinente acto administrativo. En este sentido, es dable expresar que mediante la resolución exenta Nº 159, de 2018, del director general de la Policía de Investigaciones de Chile, se le aplicó al recurrente la indicada medida disciplinaria, determinación que no fue impugnada por aquel en la forma prescrita por la citada disposición reglamentaria, de modo que la mencionada superioridad dictó la resolución Nº 49, de 2018, a través de la cual dio término al pertinente sumario administrativo, declarando a firme la separación dispuesta. Ese último acto administrativo fue cursado por esta Contraloría General con fecha 23 de abril de 2019, con los alcances señalados en el oficio Nº 11.033, de 2019. Por consiguiente, y en armonía con el criterio contenido en los dictámenes N os 10.881, de 2015 y 84.977, de 2016 y por el oficio N º 37.041, de 2017, de este origen, entre otros, no corresponde pronunciarse sobre el asunto planteado, solicitado de modo extemporáneo, dado que el señor HJ no hizo uso del derecho a reclamo contemplado en el artículo 53 del aludido decreto Nº 1, de 1982, por lo que se rechaza su petición. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Marta Morales del Río Jefe de Departamento Departamento de Previsión Social y Personal