Dictamen N° 18867/2010
N° 18.867 Fecha: 12-IV-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General don José Carrasco Weber, funcionario de la Dirección General de Aeronáutica Civil, para solicitar la reconsideración del dictamen N° 54.591, de 2009, de este origen, en atención a que las funciones de jefatura que realiza deben entenderse, en su opinión, asimiladas al concepto de mando empleado por el artículo 23 del decreto N° 1.027, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, que aprueba el Reglamento de Títulos, Especialidades y Desempeño de Actividades con Derecho a Sobresueldo de la Fuerza Aérea de Chile. Sobre el particular, es menester recordar que mediante el aludido oficio, este Organismo de Control determinó que el mencionado precepto, en cuanto permite utilizar el tiempo de mando de una Unidad, para los efectos de conservar definitivamente el sobresueldo por especialidad nociva o peligrosa para la salud previsto en el artículo 186, letra k), del D.F.L. N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, no resulta aplicable al personal civil de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y por ende, tales servidores no tienen derecho a que, para los fines de que se trata, se les consideren los períodos ejercidos como jefes de alguna dependencia de dicha entidad. Ahora bien, efectuado el estudio de las nuevas alegaciones formuladas por el interesado, se debe indicar que éstas no aportan elementos de juicio diversos a los ya analizados, que permitan a esta Entidad Fiscalizadora modificar el criterio contenido en el dictamen N° 54.591, de 2009, razón por la cual se desestima su solicitud de reconsideración y se confirma el aludido pronunciamiento. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República