Dictamen N° 18954/2012
N° 18.954 Fecha: 03-IV-2012 Se han dirigido a esta Contraloría General don Francisco Antonio Muñoz Salfate y don Julio Patricio Burett Berrlos, ambos funcionarios de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, solicitando la condonación de las sumas de $ 8.175.464 Y $ 2.987.497, que adeudarían, respectivamente, que se originaron en la falta de descuentos por concepto de arriendo de las propiedades que ocuparon entre 2006 y 2008. Sobre el particular, cumple con manifestar que este Organismo Fiscalizador, mediante su dictamen N° 4.736 de 2012, concluyó que la Caja de Previsión de la Defensa Nacional no estaba facultada para celebrar contratos de arrendamiento de inmuebles para entregarlos en uso a sus empleados, asimismo, expresó que resultaba improcedente que a los recurrentes se les requiriera por la totalidad de lo pagado por concepto de arrendamiento, toda vez que, de haber sido posible, solamente debió haberles deducido un 10% del sueldo base que les correspondía percibir, razón por la cual los mencionados reintegros no se ajustaron a derecho. Atendido lo expuesto, la Caja de Previsión de la Defensa Nacional debe abstenerse de cobrar las deudas indicadas por el referido concepto respecto de los funcionarios antes individualizados, por cuanto carecen de fundamento jurídico. Asimismo, dicha repartición deberá iniciar los procedimientos disciplinarios tendientes a determinar las responsabilidades administrativas que correspondan por los desembolsos realizados con ocasión de los referidos contratos de arrendamiento. Finalmente, cabe precisar en relación a don Julio Patricio Burett Berríos que esta Entidad de Control, a través de la resolución exenta N° 4.821, de 5 de septiembre de 2011, negó lugar a su solicitud de condonación de la mencionada deuda, la que debe ser dejada sin efecto considerando lo señalado en el citado dictamen N° 4.736, de 2012. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República