Dictamen N° 19064/2013
N° 19.064 Fecha: 28-III-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Juan Rosa Mena Navarro, exfuncionario de Carabineros de Chile, para reclamar que no fue promovido el año 1999. Sobre el particular, cabe manifestar que la jurisprudencia administrativa de esta Entidad de Control, contenida en los oficios N os 5.040, de 1997 y 14.594, de 2005, informó que la posibilidad de alcanzar por la vía del ascenso el grado jerárquico superior, constituye una mera expectativa que sólo se concreta en el momento en que la autoridad emite el pertinente acto administrativo. Ahora bien, considerando que el interesado cesó sin que se hubiese dispuesto la promoción que pretende, corresponde expresar que ésta, acorde con el criterio contenido en los dictámenes N os 41.269, de 2000 y 61.186, de 2006, de esta Contraloría General, no puede materializarse con posterioridad a tal alejamiento, toda vez que el ascenso, en cuanto medio de provisión de empleos, únicamente favorece a los funcionarios, calidad que no tienen quienes disfrutan de los cuatro meses de sueldo en actividad, a que se refiere el artículo 75 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de esa institución policial, situación en la que se encontraba el peticionario, a la época en que, según él, debió ser promovido. Lo anterior, pues la condición de exfuncionario, según se señaló en los oficios N os 41.981, de 1999 y 32.256, de 2009, de este origen, entre otros, se adquiere desde el día en que se concede o dispone el retiro, esto es, cuando el servidor queda desvinculado al ponerse término a sus labores, aunque la percepción efectiva de la respectiva pensión se produzca en una fecha posterior, conforme a lo prescrito en el aludido artículo 75. En consecuencia, cabe concluir que la falta de promoción del señor Juan Rosa Mena Navarro, se ajusta a derecho. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República