Dictamen N° 19493/2009
N° 19.493 Fecha: 15-IV-2009 Doña María Victoria Moreno Jarahoba, ex profesional funcionaria del Hospital Base de Los Ángeles, ha solicitado una nueva decisión respecto de lo establecido en el dictamen N° 11.022, de 2009, de esta Contraloría General, aduciendo que no se han considerado todos los antecedentes necesarios para arribar a la conclusión que en esa jurisprudencia se señaló y que en esta oportunidad acompaña. Sobre la materia, cabe manifestar que en el citado pronunciamiento, esta Entidad de Control determinó, en síntesis, que el lapso en que la interesada ejerció el cargo ligado de horas médicas, esto es, entre el 16 de junio y el 1 de agosto de 2000, es útil para ser computado en cada uno de los beneficios previsionales a los que tiene derecho, lo que se ha verificado en las dos pensiones de invalidez que le han sido otorgadas en el régimen de la antigua Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, por lo que su situación previsional se encuentra ajustada a derecho. Ahora bien, considerando que la situación planteada ya ha sido estudiada por este Organismo Fiscalizador y que de la resolución N° 6.222, de 2000, del Servicio de Salud del Bío Bío que la solicitante adjunta, no se desprende ningún elemento nuevo que permita modificar el aludido dictamen, no cabe sino ratificar el mismo.