Dictamen CGR

Dictamen N° 19577/2015

2015-03-12 · Administración financiera, presupuesto y rendición de cuentas · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil

N° 19.577 Fecha: 12-III-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados en la motocicleta fiscal M-4303, conducida por su funcionario, señor René Elizardo Matamala Aburto, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, es menester recordar que atendiendo una solicitud similar de esa institución policial, este Organismo de Control, a través de su dictamen N° 91.075, de 2014, no liberó de responsabilidad al señor Matamala Aburto por los deterioros provocados en ese móvil, pues para emitir el pronunciamiento requerido era necesario agregar al expediente copia del fallo del tribunal que conoció del siniestro. Precisado lo anterior, cabe anotar que del estudio de la documentación acompañada en esta oportunidad, aparece que el día 12 de mayo de 2013, ese servidor se desplazaba en la citada motocicleta por la Avenida Manso de Velasco, y próximo a la intersección con calle Rancagua, en la comuna de San Fernando, colisionó con un station wagon particular, resolviendo el Juzgado de Policía Local de la mencionada comuna, en su sentencia de fecha 12 de julio de 2013, condenar al conductor de ese último vehículo como responsable del accidente de que se trata. Los perjuicios producidos al patrimonio fiscal, según el certificado N° 1, de 2014, de la Prefectura Colchagua, ascendieron a la suma de $1.616.020, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, considerando que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor René Elizardo Matamala Aburto, por los daños ocasionados en la motocicleta fiscal M-4303. En consecuencia, atendido el nuevo documento acompañado, reconsidérese el dictamen N° 91.075, de 2014, de esta Contraloría General. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Patricia Arriagada Villouta Subcontralor General

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