Dictamen N° 19855/2013
N° 19.855 Fecha: 03-IV-2013 Por el documento de la referencia, don Emilio Madrid Barros solicita un pronunciamiento acerca de la negativa de la Dirección General de Aguas, en orden a inscribir en el Catastro Público de Aguas la merced de aguas subterráneas que singulariza. Sobre el particular, cabe señalar que de conformidad con las disposiciones de la ley N° 10.336, Orgánica de esta Contraloría General, con las instrucciones impartidas por el oficio N° 24.841, de 1974, y de acuerdo con la jurisprudencia administrativa, contenida en los dictámenes N os 16.686, de 2008 y 73.232, de 2012, entre otros, a esta Entidad Fiscalizadora sólo le corresponde conocer y pronunciarse respecto de presentaciones deducidas por particulares, en caso de que ellas se refieran a asuntos en que se haya producido una resolución denegatoria o dilatado una decisión por parte de la autoridad administrativa, habiéndola solicitado el interesado, circunstancias que no se acredita que concurran en la especie, por lo que debe abstenerse de emitir el pronunciamiento requerido. Sin perjuicio de lo expuesto, y atendido lo previsto en el artículo 14 de la ley N° 19.880, que Establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, cumple con remitir a esa Dirección General de Aguas la presentación de la referencia, para su conocimiento y fines que correspondan. Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Jefe División de Infraestructura y Regulación