Dictamen N° 11744/2014
N° 11.744 Fecha: 17-II-2014 Se ha dirigido a esta Entidad de Control doña Mirta Mirella Astudillo Burgos, consultando acerca de si puede construir un embalse para los efectos de ejercer el derecho de aprovechamiento de aguas no consuntivo de aguas superficiales que singulariza. Sobre el particular, cabe señalar que de conformidad con las disposiciones de la ley N° 10.336, Orgánica de esta Contraloría General, con las instrucciones impartidas por su oficio N° 24.841, de 1974, y de acuerdo con la jurisprudencia administrativa contenida en sus dictámenes N os 18.434 y 19.855, ambos de 2013, y 5.160, de 2014, entre otros, a esta Entidad Fiscalizadora solo le atañe conocer y pronunciarse respecto de presentaciones deducidas por particulares, en caso de que ellas se refieran a asuntos en que se haya producido una resolución denegatoria o dilatado una decisión por parte de la autoridad administrativa, habiéndola solicitado el interesado, supuestos que no se advierte que concurran en la especie, por lo que debe abstenerse de emitir un pronunciamiento respecto de la materia consultada. Sin perjuicio de lo anterior, y atendido lo previsto en el artículo 14 de la ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, cumple con remitir copia de la presentación de la referencia a la Dirección General de Aguas, para su conocimiento y fines que correspondan. Transcríbase a la interesada. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación