Dictamen N° 20096/2011
N° 20.096 Fecha: 1-IV-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Municipalidad de Santiago, requiriendo un pronunciamiento que determine si procede que esa entidad edilicia pague a los miembros de la Asociación de Funcionarios de esa comuna, el incentivo por desempeño colectivo correspondiente a las metas cumplidas en el año 2007, componente que forma parte de la asignación de mejoramiento de la gestión municipal prevista en la ley N° 19.803, atendido el plazo de prescripción previsto en el artículo 98, de la ley N° 18.883, sobre Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales. Sobre el particular, cumple con señalar que este Organismo Contralor se pronunció sobre la materia de la especie, a través del dictamen N° 52.791, de 2009, con ocasión de una presentación deducida por la Asociación de Profesionales Pedro de Valdivia, en el cual se precisó que la Municipalidad de Santiago debe pagar el estipendio en comento, a todos los funcionarios representados por la mencionada entidad, de acuerdo al procedimiento que allí se indicó. Lo anterior, por cuanto ese municipio no incluyó el referido incentivo en el pago de la asignación de mejoramiento de la gestión municipal, incumplimiento que, según se expresa en dicho pronunciamiento, no es imputable a tales servidores, los que, por lo demás, habían efectuado el requerimiento de cobro dentro del plazo legal establecido en el citado artículo 98 de la ley N° 18.883. Ahora bien, en la eventualidad que se trate de funcionarios municipales que no integren la denominada Asociación de Profesionales Pedro de Valdivia -lo que no resulta posible precisar, atendidos los términos generales en que ha sido planteada la consulta-, tendrán derecho al pago respectivo, en la medida que hayan reclamado oportunamente su entero, esto es, antes del vencimiento del plazo de prescripción de seis meses a que se ha hecho referencia, lo que debe determinar el propio municipio. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República