Dictamen CGR

Dictamen N° 20311/2013

2013-04-04 · Previsión y seguridad social de funcionarios · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. No corresponde a este Órgano Contralor modificar la decisión de la entidad competente sobre distribución de montepío que indica
Aplicado por
Dictamen N° 45167/2013
Confirma dictamen

N° 20.311 Fecha: 04-IV-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Daniela Guevara Valenzuela, en representación de doña Leslie del Rosario Caro Bello, montepiada en el régimen de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional para solicitar la revisión de su situación previsional. Requerida de informe, la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, manifestó, en síntesis, que la pensión de montepío de la que es titular la interesada por el fallecimiento de don Leoncio Ramírez Espinoza, se encuentra correctamente determinada. Sobre el particular, es dable señalar, en primer término, que de los antecedentes tenidos a la vista, consta que mediante resolución N° 14, de 2010, de la antigua Subsecretaría de Marina, se concedió una pensión de montepío al fallecimiento del causante, con una distribución de un 20% para la peticionaria, en su calidad de viuda y de un 80% para don Juan Ramírez Ruiz, en su calidad de hijo no matrimonial. Al respecto, es menester indicar que, conforme al artículo 88 bis de la ley N° 18.948, Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas, y a lo concluido por este Organismo de Control, por medio del dictamen N° 33.935, de 2009, entre otros, solamente la autoridad administrativa llamada a conceder el montepío se encuentra legalmente facultada para distribuirlo en distintos porcentajes, de acuerdo a los antecedentes de que disponga. Señala el referido pronunciamiento, además, que la resolución que concede el beneficio de que se trata tiene el carácter de irrevocable, sin que corresponda a esta Contraloría General modificar la decisión adoptada por la autoridad competente. En consecuencia, cabe concluir que la situación previsional de la señora Leslie del Rosario Caro Bello se encuentra ajustada a la normativa que la regula. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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