Dictamen N° 21305/2014
N° 21.305 Fecha: 25-III-2014 La Contraloría Regional del Biobío ha remitido la presentación de don Luis Osvaldo Araneda Tiznado, extrabajador de los Astilleros y Maestranzas de la Armada, representado por su abogada doña Valerie Coles Deconinck, quien requiere nuevamente la reconsideración del dictamen N° 58.158, de 2012, de este origen, toda vez que, en su opinión, ese pronunciamiento podría ser alterado por lo concluido posteriormente en el dictamen N° 77.768, de 2013. Sobre el particular, corresponde hacer presente que mediante el aludido dictamen N° 58.158, de 2012, ratificado posteriormente por los dictámenes N °s . 71.034, de 2012, y 34.703, de 2013, esta Entidad Fiscalizadora estableció que no era posible traspasar las cotizaciones del interesado a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, toda vez que a la época de su primera contratación -febrero de 1982-, se desempeñó en calidad de obrero, la que, a la luz de lo previsto en el inciso segundo del artículo 23 del decreto con fuerza de ley N° 321, de 1960, en su texto sustituido por la letra b) del artículo 5° del decreto ley N° 551, de 1974, no lo habilitó para afiliarse a esa caja. A continuación, a través del dictamen N° 77.768, de 2013, se determinó, en lo que interesa que al tenor de lo establecido por el artículo 96 del decreto ley N° 3.500, de 1980, correspondió mantener adscritos al citado organismo previsional a todos aquellos funcionarios de los Astilleros y Maestranzas de la Armada que al ingresar a prestar servicios a esa entidad, entre los meses de febrero de 1984 y noviembre de 1985, es decir, con anterioridad a la vigencia de la ley N ° 18.458, estaban afectos a ese régimen. En este contexto, es dable advertir que el recurrente no se encuentra en la señalada hipótesis, ya que al 5 de noviembre de 1985 -data en que reingresó a los astilleros-, no era afiliado del régimen de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional sino del sistema del decreto ley N° 3.500, de 1980. Por lo tanto, cabe ratificar lo concluido en los dictámenes N° s 58.158 y 71.034, de 2012, y 34.703, de 2013, de este origen. Transcríbase a la Contraloría Regional del Biobío. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República