Dictamen N° 21379/2013
N° 21.379 Fecha: 09-IV-2013 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 198, de 2012, del Instituto Nacional de Estadísticas , que aplica una medida disciplinaria al funcionario que indica, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 126, 128 y 140 de la ley N° 18.834, y en armonía con la jurisprudencia administrativa de esta Entidad Fiscalizadora, contenida en el dictamen N° 42.662, de 2012, entre otros, es atribución del Director Regional respectivo aplicar las sanciones no expulsivas a los servidores de su dependencia, por lo que, en la especie, corresponde a la Dirección Regional de La Araucanía de ese organismo, imponer el castigo al servidor aludido, y no como ocurre en la situación en examen. En mérito de lo anteriormente expuesto se representa el acto administrativo señalado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República